Facturación 4.0
en vigor

Estimado cliente, nos es grato informarle que hemos resuelto los problemas de facturación, por lo que el portal está completamente habilitado.

En el nuevo esquema de facturación 4.0, será necesario contar con la Constancia de Situación Fiscal actualizada. En ella vienen los datos para poder generar su factura.

Recomendamos consultar el manual de facturación.

¡Gracias por su comprensión!

Preguntas frecuentes

El SAT amplió el período de transición, anunciando la fecha de uso obligatorio del CFDI 4.0 a partir del 1 de mayo al 1 de julio del 2022. Con una prórroga al 1 de enero del 2023.

  • Será obligatorio incluir el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • El régimen fiscal del contribuyente es obligatorio para emitir la factura.
  • Tendrán que ser identificadas las operaciones donde se exporten mercancías.
  • Serán identificadas las operaciones objeto de impuestos indirectos.
  • Se deberá reportar información de las operaciones realizadas con el público general y aquellas que se realicen a cuenta de terceros.

De primera instancia, deberá consultar a su contador para asegurarse de entender los cambios que se aplican con la facturación 4.0 y cuente con la información necesaria para emitir los nuevos comprobantes.

Posteriormente, deberá asegurarse sobre su sistema, que este se encuentre actualizado y haya incorporado todos los cambios necesarios para emitir los CFDI.

Todos los datos que usted necesitará, podrá consultarlos en su constancia fiscal actualizada.

Deberá contar con RFC, incluir su nombre o razón social, el régimen fiscal y el código postal del domicilio fiscal.

Será necesario contar con la constancia de situación fiscal más reciente y actualizada por el SAT. Por lo que constancias emitidas en meses anteriores pudieran contar con datos desactualizados y con ello generar errores en los timbrados de sus facturas.

Los datos ingresados deberán corresponder a los que se encuentren registrados en el certificado de sello digital. Esto tan sólo por parte del emisor.

Mientras que, para el receptor, su nombre tendrá que encontrarse en la lista de RFC inscritos no cancelados por el SAT y deberá estar asociado a la clave RFC registrada en el atributo RFC del Nodo Receptor, que deberá encontrarse en la constancia del RFC.

Si, usted deberá establecer el código postal de su domicilio fiscal.

Este es un dato que se sumará a la lista de verificaciones que el receptor debe realizar para que su factura sea correcta.

Si, la actualización correspondiente a la facturación 4.0 le permite ingresar más de un tipo de relación con los UUDI relacionados.

Si. La clave de uso “Por definir” se eliminará. Con la Miscelánea Fiscal 2022 se estableció que en la emisión de los CFDI “se debe indicar la clave de uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal”.

En contraste, se agregaron al catálogo las siguientes claves:

  • S01 – Sin efectos fiscales: Cuando el receptor es un residente en el extranjero, al emitir CFDI de traslado, así como para hacer un CFDI global o al público en general.
  • CP01 – Pagos: Emisión de comprobantes de pagos complementarios, es decir, cuando el pago no se hace en una sola exhibición.
  • CN01 – Nómina: Los empleadores deberán utilizar esta clave para emitir y timbrar la nómina de sus empresas.

De esta manera, los contribuyentes deberán definir el uso que le darán al CFDI al momento de su emisión para evitar complicaciones al momento de realizar sus declaraciones, por lo que es importante que consulten el catálogo y la guía de llenado del CFDI 4.0.

Si a un CFDI se le da un uso distinto a aquel con el que se emitió, deberá ser cancelado y emitirse uno nuevo.

Usted o el receptor, podrá verificar en su totalidad, los datos necesarios para la generación de su factura en su constancia de inscripción al RFC.

Sí, esto debido a que se actualiza a la versión 2.0.

Con ello, el objetivo del SAT es recopilar información que ayudará a identificar si los pagos son objeto de impuestos, así como un concentrado de los importes totales de los pagos realizados y de los impuestos generados.

Al emitir un CFDI para el público en general se tendrá que validar información del campo del emisor, así como establecer datos adicionales en el caso de cuando se esté generando un CFDI a nombre de terceros.

Si. Usted podrá ingresar la cantidad de tickets sin restricción.

Una vez se haya procesado su petición en el sistema y se hayan confirmado sus datos, su factura estará llegando en minutos al correo electrónico proporcionado previamente, o revisar en su bandeja de correo no deseado, o bien lo podrá consultar y reenviar dentro de nuestro portal de facturación, en el apartado de Consultar ticket

De acuerdo a nuestra actualización a la facturación 4.0 y de sistema, usted deberá capturar su número de ticket, el cuál está compuesto por un total de 25 dígitos.
Podrá visualizarlo debajo de su código de barras.

Esto será únicamente necesario cuando usted como cliente no se haya registrado y dado de alta en el sistema. Su razón social, deberá agregarse tal cuál aparece en su constancia de situación fiscal del SAT.

Si usted ha facturado previamente, debido a que ingresó sus datos, no deberá agregar su razón social. Por lo que ya no deberá especificar en el CFDI 4.0 el Régimen Capital que se consideraba parte del Nombre del Receptor (SA de CV, SC, SAS, entre otros).

Si usted ha llenado los campos requeridos de acuerdo al nuevo esquema de facturación 4.0 basándose en su constancia de situación fiscal actualizada y se ha asegurado que estos están correctos y sin embargo presenta esta singularidad, deberá contactar a soporte técnico para brindarle una resolución, ya que su ticket cuenta con un error específico.

En caso que su ticket presente esta incidencia, deberá ponerse en contacto con soporte técnico.

Para conocer los diferentes escenarios para cancelaciones en cuanto a la facturación 4.0 por el SAT, deberá dar clic en el apartado “Preguntas frecuentes y escenarios de cancelación conforme a la Reforma Fiscal 2022”, encontrándose aquí.